miércoles, 24 de junio de 2009

AY-UNTAMIENTO


Más de 70.000 regidores y concejales españoles vulneran la ley que les obliga a hacer públicos sus negocios y bienes

Los consistorios españoles no aplican todavía la Ley de Suelo vigente desde mayo de 2007 que les obliga a hacer públicas las declaraciones de bienes de sus alcaldes y concejales. Los ayuntamientos se escudan en que no se ha regulado aún el instrumento jurídico necesario, llamado Estatuto municipal, para aplicar esa medida contra la corrupción.Los municipios se amparan en que la disposición adicional novena de la Ley del Suelo señala que la publicación de las declaraciones de bienes se haría en los "términos fijados en el Estatuto municipal". Pero el Estatuto municipal es una figura jurídica inexistente en los ayuntamientos porque se incluyó en el proyecto de nueva Ley de Régimen Local que no se llegó a aprobar en la pasada legislatura y sigue empantanado.

La Ley del Suelo Art. 75.7 modificado

- "Los representantes locales, así como los miembros no electos de la Junta de Gobierno Local, formularán declaración de sus bienes patrimoniales y de la participación en sociedades de todo tipo, con información de las sociedades por ellas participadas y de las liquidaciones de los impuestos sobre la Renta, Patrimonio y, en su caso, Sociedades".

- "Tales declaraciones, efectuadas en los modelos aprobados por los plenos respectivos, se llevarán a cabo antes de la toma de posesión, con ocasión del cese y al final del mandato, así cuando se modifiquen las circunstancias de hecho".

- "Las declaraciones anuales de bienes y actividades serán publicadas con carácter anual, y en todo caso en el momento de la finalización del mandato, en los términos que fije el Estatuto municipal".

- "Tales declaraciones se inscribirán en los siguientes Registros de intereses, que tendrán carácter público".Formalmente cualquier ciudadano tiene derecho a acceder a ese registro para conocer el patrimonio de sus representantes. Sin embargo, en la práctica el permiso tiene que ser concedido por el alcalde, ya que el secretario no tiene facultad para facilitar esos datos.

1 comentario:

  1. Haber para cuando se ajustan a la legalidad y AUDITORIA MUNICIPAL YA¡¡¡¡¡¡¡

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